Prohibición de cargamento en común
ADR 7.5.2
Los bultos provistos de etiquetas de peligro distintas no deberán cargarse en común en el mismo vehículo, a menos que la carga en común esté autorizada según la tabla del ADR.
El extracto de esta tabla muestra las instrucciones para la acetona (clase 3):
La acetona puede cargarse junto a mercancías de las clases 2, 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 7A a 7C, 8 y 9.
x = carga en común autorizada
a = disposiciones especiales, consulte ADR sección 7.5.2.1
a = disposiciones especiales, consulte ADR sección 7.5.2.1