Transporte de Mercanc. Pelig. por mar (IMDG-Code Amdt. 38-16)


4. Marcado y etiquetado (4/21)

Disposiciones de marcado para bultos

  • Bultos y RIGs
    se deben etiquetar con la identificación correcta de mercancía (= PSN: proper shipping name) y el correspondiente número UN y, cuando corresponda, se deben dotar de la identificación permanente para contaminantes marinos
  • RIGs > capacidad 450 L y embalajes grandes
    se marcarán en los dos lados opuestos
  • Los embalajes vacíos sin limpiar
    se marcarán según se requiera llenos
  • Embalajes de socorro
    se marcarán adicionalmente con la palabra "SOCORRO"
  • Las mercanc. de clase 7
    están sujetas a requisitos especiales de marcado (ch. Código IMDG 5.2.1.5)
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